Acuerdo de totalización entre México y Estados Unidos
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un organismo gubernamental que atiende la salud pública, las pensiones y la seguridad social en México y que depende de la Secretaría de Salud. También forma parte del sistema sanitario mexicano.
La ley del Seguro Social mexicano vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación (21 de diciembre de 1995), es el ámbito legislativo bajo el cual el IMSS realiza sus operaciones.
La ley contempla dos ámbitos, uno «obligatorio» (financiado por aportaciones individuales, patronales y estatales), y otro «voluntario» (dirigido a los trabajadores de las industrias del hogar y a los profesionales autónomos).
Ley de Seguridad Social de México
En 1917, tras la Revolución Mexicana, el Estado de México adoptó una constitución con una profunda orientación social hacia las políticas de educación, trabajo y salud. Debido a razones arraigadas en la historia de México, no se adoptó un sistema de salud eficaz. El sistema siempre se ha caracterizado por la fragmentación y la disparidad de los recursos financieros y de las poblaciones que atiende. En 1943, el Presidente estableció tres instituciones destacadas que aún hoy rigen y gestionan la atención sanitaria. La Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Hospital Infantil Mexicano. La Secretaría de Salud cubre a la población que no tiene derecho a un seguro médico a través del IMSS, que cubre a los empleados del sector privado. El Hospital del Niño fue el primero de los 13 Institutos Nacionales de Salud que existen actualmente en México, que suelen ofrecer servicios altamente especializados, buscan incrementar el conocimiento a través de la investigación y tienen un alto impacto tanto a nivel nacional como internacional. Posteriormente, la cobertura se amplió a los empleados del sector público con la creación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en 1960.7
ملاحظات
1Los sistemas globales de seguridad social han evolucionado según la cultura, la historia, la geografía y la economía locales. Sin embargo, las necesidades de la población que debe ser protegida son un factor constante y determinante para la dirección que debe tomarse. De esta manera, los sistemas de seguridad social inician con la protección contra los riesgos laborales1 y posteriormente, como ocurre hoy, protegen a la sociedad contra las consecuencias del cambio climático, específicamente contra los desastres naturales.
2Hay que mencionar que si bien estos desastres son parte de la naturaleza, también son el resultado de las acciones contaminantes de la humanidad que ponen en riesgo la sustentabilidad económica de cualquier sistema de seguridad social en el mundo al producir nuevas necesidades y riesgos sociales, como el aumento de enfermedades como el cáncer de piel por la exposición a los rayos UV y la destrucción de viviendas por las inundaciones y el aumento de pandemias, entre otros.
4En este apartado es necesario definir dos temas: primero, los desastres socio-naturales y luego la evolución del sistema de seguridad social como derecho humano, tomando en cuenta las principales herramientas utilizadas para lograr estos objetivos en México, a saber: seguro social, asistencia social, etc2. De esta manera se pueden conectar ambos temas para su análisis y la determinación de la relación causa-efecto entre los desastres naturales y la ampliación de la cobertura de la seguridad social.
Acuerdo de seguridad social entre México y Estados Unidos
El sistema de seguridad social en México se rige por la Ley del Seguro Social (LSS). El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) (entidad cuasi oficial, de gestión tripartita (gobierno-trabajadores-patronal), cuyo director ejecutivo es nombrado por el Presidente de la República) es el encargado de administrar los programas de seguridad social.
En general, la cobertura de la seguridad social es obligatoria para todos los trabajadores, incluidos los miembros de las cooperativas de producción, de las empresas dirigidas por los trabajadores y de las empresas mixtas, de las comunidades agrarias tradicionales de propiedad común, de las comunidades de bienes comunes, de los pequeños agricultores, de los pequeños propietarios organizados en grupos y de las sociedades locales o cooperativas de crédito cubiertas por la Ley de Crédito Agrícola.
El sistema de seguridad social se financia con las cotizaciones de los trabajadores, los empresarios y el Estado. Las cotizaciones se basan en los niveles salariales. Dentro del rango mínimo/máximo, las cotizaciones de los trabajadores son del 2,00% de los ingresos para las prestaciones de jubilación, más el 3,15% de los ingresos para las prestaciones de invalidez y supervivencia. En el caso de las empresas, el porcentaje de cotización es del 5,15% de la nómina cubierta para las prestaciones de jubilación. Las contribuciones del gobierno ascienden al 7,43 por ciento de los ingresos cubiertos, más una tasa fija media de 4,07 MXN (dependiendo del rango salarial) por cada día que el trabajador cotice para las prestaciones de jubilación, y 0,125 por ciento de los ingresos cubiertos para las prestaciones de invalidez y supervivencia.